Centro de reumatismo







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Centro de reumatismo, Centro de reumatismo, con la colabaración de la Sociedad Española del Dolor, SED, y la compañía biomédica Pfizer, pondrán en marcha el próximo domingo 24 de octubre la campaña nacional “CONTROLA TU DOLOR”, una iniciativa que pretende identificar el dolor que actualmente sufre una de cada cinco personas en España.
Bajo el lema "No todos los dolores son iguales", la campaña recorrerá 15 ciudades españolas en las cuales todos los interesados podrán -a través de profesionales sanitarios- identificar y medir el tipo de dolor que sufren actualmente para así poder controlarlo.
La mayoría de las personas que sufren algún tipo dolor lo hacen en silencio, por lo que el dolor está infradiagnosticado y por lo tanto mal tratado. Se estima que sólo el 8% de las personas que sufren dolor crónico en España son atendidas por profesionales formados en el tratamiento del dolor.
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¿Cómo se diagnostican?
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El diagnóstico de las enfermedades reumáticas suele resultar difícil, incluso para los especialistas, ya que muchos de los signos y síntomas son similares entre las distintas enfermedades. Para realizar un diagnóstico preciso, el médico se basa en:
• La historia clínica. • El examen o exploración física. • Pruebas de laboratorio, rayos X y en otras exploraciones.
No obstante, uno de los graves problemas asociados a las enfermedades reumáticas es su diagnóstico tardío, en algunas ocasiones la propia persona afectada no le da importancia a sus síntomas y en otras, es el médico quien no se la da, y así, en algunas patologías, incluso pueden pasar varios años hasta que la persona afectada recibe el diagnóstico correcto, lo cual puede tener graves consecuencias no sólo físicas sino también psíquicas. De ahí, la importancia de acudir al médico ante los primeros síntomas y de que este médico sea capaz de derivar, en caso necesario, a la persona afectada al reumatólogo que es el especialista de las enfermedades reumáticas.
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Incapacidad
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¿Qué es una incapacidad?
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La incapacidad supone una alteración continuada de la salud que imposibilita o limita a quien lo padece de una actividad profesional.
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Tipos de Incapacidad
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Incapacidad Permanente Parcial
La incapacidad permanente total es aquella que, sin alcanzar el grado total ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para su profesión habitual, sin impedirle la realización de la misma.
Los trabajadores en incapacidad permanente parcial tendrán derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo. Las condiciones de reincorporación dependerán del grado de incapacidad y de su recuperación posterior.
Incapacidad Permanente Total
La incapacidad permanente total es aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
La declaración de incapacidad permanente total extingue la relación laboral, pero existe la posibilidad de reincorporación en el caso de que el trabajador recupere total o parcialmente su capacidad laboral. En este caso tiene preferencia absoluta para su readmisión en la empresa.
Incapacidad Permanente Absoluta
Es aquella que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
El reconocimiento de esta situación no impedirá el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del incapacitado y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo.
Gran Invalidez
Se define como la situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida diaria.
El reconocimiento de esta situación no impedirá el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del incapacitado y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo.
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Diferencia entre minusvalía e incapacidad
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Minusvalía e incapacidad son conceptos diferentes, aunque relacionados, y las consecuencias de su reconocimiento son también diferentes. Ambas derivan de la existencia de una deficiencia entendida como una pérdida o anormalidad en la estructura o función de las personas. En la incapacidad, esa deficiencia limita o imposibilita a la persona el ejercicio de una actividad concreta que, en la mayoría de los casos se refiere, a la actividad laboral.
En la minusvalía la deficiencia limita o impide el desarrollo de las funciones normales para su edad y sexo. Es decir, el concepto de minusvalía es más amplio y abarca el conjunto de las actividades de la persona, no sólo una actividad concreta como la laboral. El reconocimiento de la minusvalía y de la incapacidad depende de instancias diferentes y las consecuencias son también diferentes. El Certificado de Minusvalía lo otorga el Departamento de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma correspondiente, a través de Equipos de Valoración y Orientación. Para obtener la condición de minusválido es necesario el reconocimiento de un 33% de grado de minusvalía. Este Certificado no conlleva una pensión y permite trabajar, aunque conlleva diversos beneficios, como deducciones de impuestos.
La incapacidad laboral puede considerarse equivalente a la invalidez para trabajar, si bien la incapacidad es dictaminada por un juez y la invalidez por la Seguridad Social, lo que lleva consigo una pensión.
Dr. Rafael Ariza Ariza, "Artritis Reumatoide: Guía de la enfermedad para el paciente", de la Sociedad Española de Reumatología.
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